La normativa vigente en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo impone a los sujetos incluidos en su ámbito de aplicación subjetiva una serie de obligaciones, entre las que se encuentran la de congelación o bloqueo de fondos potencialmente vinculados al terrorismo.
En esta sección se aborda el alcance y contenido esta obligación. Esto incluye la respuesta a qué acciones hay que desplegar para cumplir con esta obligación.
Se abordan con un enfoque práctico los aspectos relacionados con el modo en que puede detectarse esa situación y la actividad a desplegar en ese caso para asegurar que se cumple la obligación impuesta.
Se facilitan plantillas y modelos de utilidad para documentar los trámites que han de cumplirse, un esquema de la actividad y enlaces a recursos relacionados que pueden resultar de interés.